Disposición D.N.C.I. Nº 963/99

VISTO las Leyes Nros. 22.802 y 24.240, y CONSIDERANDO :
Que la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA ha establecido regímenes de certificación obligatoria de requisitos de seguridad e identificación que alcanzan a diversos rubros de productos que se comercializan en el mercado nacional.
Que tales regímenes prevén la presentación de los certificados exigidos ante esta Dirección Nacional.
Que resulta necesario establecer los medios idóneos para el registro y manejo de la información del cumplimiento de dichos regímenes.
Que la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Decreto N° 1450, del 12 de diciembre de 1996.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR DISPONE :
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el formulario que, en una foja y como ANEXO I, forma parte de la presente Disposición, el que deberá acompañar la presentación ante esta Dirección Nacional de los certificados de tipo y de marca de conformidad exigidos por los diversos regímenes de certificación obligatoria establecidos por esta Secretaría. El mismo deberá contar con la firma del titular, representante legal o apoderado de la empresa responsable de la comercialización en el país del producto de que se trate, debiendo certificar la misma un Escribano Público cuya intervención deberá legalizar el respectivo Colegio Profesional, y estará acompañado de una versión en soporte magnético coincidente con el original.
ARTÍCULO 2°.- La presente Disposición comenzará a regir a partir del día de la fecha.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

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